Comparto Intervención del día Miércoles 29 de julio de 2020
Proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
El Senador Emilio Álvarez Icaza Longoria: Gracias, Presidente, aunque una moción tiene más tiempo y me apego al Reglamento para ese fin.
A nombre de la Senadora Kempis, del Senador Madero, el Senador Fuentes, el Senador Bermúdez, el Senador Rementería, la Senadora Hernández, el Senador Zepeda, la Senadora Anaya y el mío propio, someto a consideración de este Pleno la siguiente moción suspensiva, que tiene por objeto suspender la discusión y devolver a Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos, Segunda, a efecto que sea reconsiderado el dictamen en el que se reforma y adiciona el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y demás ordenamientos que son motivo de la discusión actual.
Esto, debido a que tales ordenamientos incorporan la discusión de la prisión preventiva oficiosa y que no corresponde a lo establecido en el marco constitucional debido a que trasciende preceptos, viola los derechos humanos, en particular la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho personal a la libertad; es contradictorio a lo establecido en los tratados internacionales de los que México forma parte y, sobre todo, no hubo un proceso de discusión abierto de expertos y especialistas, así como víctimas, detenciones y sus derechos como lo requieren los estándares del Protocolo del Parlamento Abierto aprobado por este Senado.
Para esos efectos me permito pedirle, Presidente, que se incorpore al Diario de Debates este comunicado de prensa que presentaron ayer cerca de 30 organizaciones y más de 100 personas expertos, entre otras cosas, dicen: El dictamen sobre prisión preventiva oficiosa del Senado, afecta principalmente a las mujeres.
Como ya se mencionó, una de cada dos mujeres en prisión no tiene sentencia. De enero a junio del 2020 el número de mujeres en prisión sin sentencia para datos del fuero común aumentó casi 17 %; de enero a junio del 2020, el número de mujeres en prisión sin sentencia para delitos del fuero federal aumentó más del 10 % y la ampliación de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa que se aprobará mañana, porque esto lo presentaron el día martes, permitirá que las mujeres sean encarceladas sin que se demuestre su culpabilidad.
Dicen: Pedimos al Senado Mexicano que no realice una votación apresurada. Entre las organizaciones que firman está Impunidad Cero, Data Cívica, México Evalúa, Legalidad por México, México Unido Contra la Delincuencia, el Centro Nacional de Comunicación Social, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Mujeres y Punto, Causa en Común, Gire, Grupo de Información de Protección Elegida y otros más.
Estas organizaciones y muchas más están haciendo un llamado importante al Senado para que discutamos de fondo lo que esto significa.
Y lo que ha pasado, compañeros, es que esto pone en evidencia, efectivamente, la reforma al 19 fue un error y que también la mal llamada reforma a la amnistía es un error. Los datos así lo soportan.
Miren, ¿cuáles son las consideraciones para esta solicitud de moción, además de lo que hemos mencionado? Como se mencionó, el 12 de abril de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación respecto al catálogo de delitos nuevos para la prisión preventiva, ahí se hacía referencia al uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito, ejercicio abusivo de funciones, robo de transporte de carga, abuso o violencia social contra menores, robo a casa habitación, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímica, feminicidio, delitos en materia a prisión forzada y desaparición cometida por particulares, y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Compañero, lo que pasó ese día fue un “congal punitivo”, aquí se dio rienda suelta y para construir el consenso fueron aprobando los delitos que una y otra bancada quería, pero es un grave error repetir el error que se hizo en las administraciones pasadas.
Suponer que por aumentar la pena se acaba la impunidad, es un error. Lo que se tiene que hacer es fortalecer el trabajo de la Fiscalía, no recortarle el presupuesto; lo que se tiene que hacer es dotar de agentes del ministerio público recursos para investigar.
Creer que porque se aumenta la pena se disminuye el delito, es el error grave que se cometió en los años anteriores, es falso, es un error, es una equivocación grave que nos ha costado mucho.
Miren ustedes, lo que ha venido sucediendo incluso, es que hemos recibido llamadas de atención sobre el particular de distintas entidades, que no voy a desarrollar, pero sí me parece solo unas dos ideas que quiero, para terminar la fundamentación de esta solicitud de moción suspensiva.
El Sistema Procesal Penal asumido desde cualquier sociedad democrática, debe responder a dignificar a las personas y a los derechos inherentes.
Eso no está pasando en esta reforma.
Y debe ser de carácter excepcional, como dijo la Corte Interamericana.
¿Qué es lo que está pasando supuestamente con el carácter excepcional?
Como ya se dijo, al mes de junio de 2020 se encontraban 210 mil, poco más -termino, Presidente-, personas privadas de libertad; 41 % de estas personas no tienen sentencia. Compañeros, cuatro de cada 10 personas privadas de libertad en México no tienen sentencia, de manera que claramente aquí se manifiesta que fue un error esta reforma.
Y por eso les pedimos que se reconsidere, que se regrese a Comisiones y que tengamos una discusión de fondo, estructural; que pausemos, porque, si no, vamos a seguir cometiendo el error de lo que ustedes han llamado como los gobiernos neoliberales.
Por su atención, muchísimas gracias.