HONORABLE ASAMBLEA:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 89 fracción X, 76 fracción 1 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Poder Ejecutivo Federal remitió a esta Soberanía LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA EL RACISMO, LA DISCRIMINACIÓN RACIAL Y FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA, ADOPTADA EN LA ANTIGUA, GUATEMALA, EL CINCO DE JUNIO DE DOS MIL TRECE Y SU DECLARACIÓN INTERPRETATIVA.
Las Comisiones que suscriben el presente dictamen, de conformidad con lo establecido por los artículos 76, fracción 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 de la Ley sobre la Celebración de Tratados; 85, 86 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 177, 178, 182, 183, 184, 186, 188 y demás concordantes del Reglamento del Senado de la República, se abocaron al estudio del citado instrumento internacional y conforme a las deliberaciones que se realizaron, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen al tenor de los siguientes:.
l. ANTECEDENTES GENERALES